lunes, 6 de julio de 2009

Ya no es gripe porcina,cambiaron el alimento ,que tal

Como parte de la desinformacion a que nos tienen sometidos,la organizacion mundial para la salud y unos cientificos rusos,indican que la fiebre procina no es porcina y si de las papas fritas.Que tal!
Segun estos cientificos,las papas modificadas geneticamente una supuesta enzima que tiene las papitas,hace que el virus de la nada "explote" en el temido H1N1.Esta gente se cree que somos estupidos?
Resulta que ya no es el cerdo.Si no que las papitas fritas transmiten el virus,que ridiculos!
Pero que mente mas cerrada por favor!
como quieren que le crea a los mismos que por presiones economicas cambiaron el nombre de gripe porcina a H1N1!
Si comias el cerdo no te infectabas.La gente dejo de comer carne de cerdo y se asustaron!Entonces cambiaron el nombre.Volveran a cambiarle el nombre a la fiebre de las papitas?
Un cerdo enfermo no lo transmite.de cuando aca unas papas puede trasnmitir una fiebre?
Por favor!Solo un soberano tonto se cree esta estupidez!La informacion en ingles aqui;
http://www.whatdoesitmean.com/index1242.htm

El borrador del codigo civil de Puerto rico

Loque esta gente quiere es destruir por completo la familia.Hasta un muerto puede tener un hijo hasta un año despues de haber fallecido!Esto que quieren hacer es parte de la introduccion de los valores de Karl Marx;Destruir la familia,destruir la propiedad privada y destruir la iglesia.yamilet

Se permitirá procrear vida fuera de la barriga de mamá para luego destruirla, en la primera semana después de la concepción.
(Artículo 286: Se admite el uso de las técnicas de procreación humana asistida a los fines de [...] investigar con fines terapéuticos y lograr otros fines aprobados en legislaciones complementarias).
• Una mujer soltera podría pagar a una clínica por quedar embarazada, sin la necesidad de tener intimidad con un hombre, ni conocer la identidad de éste. De esta manera, la mujer no sabrá quién es el papá de su hijo. Ante la ley, ese hijo no tendrá padre, ni se le hará la prueba de paternidad a hombre alguno.
El niño tampoco sabrá quiénes son sus hermanos , abuelos o familiares. De esta forma, el hijo así nacido no podrá averiguar, cuando crezca, si se casó con un hermano sin saberlo.
(Artículo 294: Paternidad cuando no existe vínculo matrimonial con la mujer, página 425 del Tomo II del Memorial Explicativo: “Este precepto reconoce expresamente el derecho de la mujer soltera a disfrutar de la maternidad y a asumir sola las consecuencias de ese estado”. Artículo 298: Efectos de la donación anónima. Artículo 299: Identidad del donante: [...] se protegerá la identidad del donante de material genético)
• Una persona podrá escribir en un testamento que a partir de su muerte, procreen un hijo suyo. La viuda que se embarazará del difunto puede embarazarse del muerto hasta un año después de la muerte del esposo.
(Artículo 303: [...] El hombre o la mujer puede consentir, en un documento público, en un testamento, o en el consentimiento informado que su material genético pueda utilizarse [después de su muerte] para fecundar a una mujer cuya identidad sea indubitada.)
• Un hombre se puede operar para quitarse su genital masculino. Luego, se le permitiría que solicite en el Registro Demográfico que cambien el sexo en el certificado de nacimiento, de masculino a femenino, indicando que es mujer. Entonces, como mujer ante la ley, podría pagar a una conocida para que se embarace en un laboratorio. El bebé que dé a luz la mujer a quien se le pagó, será inscrito como hijo del hombre que se cambió a mujer, como si él lo hubiera parido.
(Artículo 471: Cuando la enmienda [en el certificado de nacimiento] recaiga sobre el sexo atribuido a la persona al momento de la inscripción, el tribunal podrá ordenar el cambio. Artículo 300: Cuando una mujer no puede cargar a término un embarazo por razones médicas, se permite el acuerdo de maternidad subrogada mediante el cual se conviene la gestación de un hijo a petición de otra persona. Artículo 10: Se crea la relación de parentesco por consanguinidad entre el hijo nacido por cualquier método de procreación humana asistida y quienes la consienten, porque quieren aparecer ante la ley como el padre o la madre del nacido, aunque no aporten el material genético que resulta en el nacimiento).
• Una mujer casada, o que convive, podrá pagar en un laboratorio por quedar embarazada de otro hombre con el que no tuvo intimidad. Ese hijo cuando nazca será inscrito como hijo del esposo de la mujer o de la persona con quien convive, que no es su verdadero papá.
También, la mujer puede pagar por quedar embarazada con los óvulos de otra mujer. El niño se va a inscribir como hijo “de sangre”, no adoptado, de quien tuvo la intención de que sea su hijo, no de quien sea la verdadera mamá.
(Artículo 293: La procreación humana asistida en la que la mujer recibe espermatozoides de un donante anónimo o conocido, con el consentimiento de ambos cónyuges y la intención de asumir la paternidad, tiene como consecuencia la imputación de paternidad del marido sobre el hijo así engendrado. Artículo 10.)
• Cuando dos hombres homosexuales o dos mujeres lesbianas se inscriban como “pareja de hecho” van a ser como un matrimonio.
(Artículo 445: Las normas de este Código que regulan los deberes y los efectos del matrimonio se aplican a la unión de hecho, mientras sean compatible con su naturaleza, sin menoscabo de las normas que se adoptan en este título)
• En el caso de los novios hombre y mujer que quieran convivir en vez de casarse, será igual que si se hubieran casado. No obstante, podrían dejarse más rápido porque no tendrían que divorciarse, sino que uno de los dos puede simplemente decir que se terminó la unión. Los que conviven podrán adoptar niños.
(Artículo 445. Artículo 456-d: [La unión de hecho termina por] la voluntad unilateral de cualquiera de los convivientes. Segundo párrafo del Artículo 313: Un hombre y una mujer, aunque no estén casados entre sí, pueden adoptar conjuntamente a una misma persona, sin cumplen con los criterios que establece este Código para las parejas de hecho)
• Aunque se establece que un hijo no puede tener dos papás ni dos mamás a la vez por vía de la adopción, si un homosexual y una lesbiana se ponen de acuerdo para adoptar a un mismo niño sin estar casados entre sí, podrían mudarse después los dos hombres homosexuales—papá más su novio—y las dos mujeres lesbianas—mamá más su novia—a vivir con el menor bajo un mismo techo, sin que esto pueda usarse como criterio para limitar su custodia sobre el niño.
(Artículo 360: Igualdad de trato entre progenitores: La orientación sexual no puede utilizarse como criterio para limitar, suspender o privar a un progenitor de sus facultades y deberes respecto a su hijo. Artículo 314: Adopción individual. )
• Se quitará de la definición del matrimonio el texto de la ley que se firmó en el 1999, que impide que los matrimonios homosexuales o transexuales celebrados en otros estados o países sean reconocidos como matrimonios en Puerto Rico.
(Artículo 20. Constitución del matrimonio)
• El borrador reduce el tiempo para divorciarse por separación y abandono. Además, permite que los esposos se demanden unos a otros al solicitar el divorcio. Sobre el acuerdo mutuo, el Arzobispo recomendó que se dé un tiempo antes del divorcio para que los esposos no tomen esta decisión en medio de un coraje.
(Capítulo III. Disolución por Divorcio. Ponencia del Arzobispo a nombre de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña)
Otras controversias
• Un joven de 16 años podrá declararse adulto e irse de la casa a vivir solo o casarse. Para que lo declaren mayor de edad a los 16 años, el mismo joven puede ir a un tribunal y pedirlo o uno de los padres lo puede pedir, aún en contra de la voluntad del papá o la mamá que no fue con él.
(Emancipación, Artículo 402 y 403)
• El matrimonio, cuando se casen, podrá decidir que cada uno va a vivir en una casa aparte. O sea, estando casados no van a vivir juntos. Los niños vivirían en la casa donde estén “sus intereses personales, sociales, educativos y económicos”. Si los esposos, estando casados, no se ponen de acuerdo con cuál de los dos van a vivir los hijos, el tribunal decidirá.
(Artículo 69: Determinación de vivienda conyugal y borrador del Libro Primero, Artículo 38)
• No se considera la custodia compartida como primera opción, sino que si mamá y papá no se ponen de acuerdo, se le entregará la custodia solamente a mamá.
(Artículos 356-último párrafo memorial explicativo- y 357)


Publican expresiones de Secretaria de la Familia sobre la adopción por parejas del mismo sexo
Wednesday, June 3, 2009 at 9:46PM
La agencia de noticias Prensa Asociada difundió la siguiente nota sobre las expresiones de la Secretaria del Departamento de la Familia, en torno a la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo.
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Gays pueden adoptar, pero no en pareja

SAN JUAN (AP) — La secretaria de la Familia, Yanitzia Irizarry, afirmó el miércoles que la preferencia sexual de una persona no puede ser un impedimento para que adopte un menor de edad.
Pero no podría adoptar en pareja a menos que esté casada con una persona del sexo opuesto.

"Una mujer pudiera adoptar de forma individual con independencia de sus preferencias sexuales y un hombre también, después que tengan un compromiso y que realmente vayan a representar a ese menor, estén dispuestos a recibirlo dentro de un marco de cuidado, de valores, de enseñanza y de que se procure el mejor bienestar del menor", sostuvo en entrevista radial (WKAQ).

"La vida íntima de una persona no tiene nada que ver con el mejor bienestar de un menor", acotó.
Según Irizarry, en el proceso de adopción, no es necesario revelar la preferencia sexual.

"Aquí el criterio es el mejor bienestar del menor, para empezar ninguna persona tiene que hablar de sus preferencias sexuales en algún momento de la adopción porque el Estado no puede entrar en la vida íntima de una persona", manifestó.

Y cuando se le preguntó si estaba hablando de ocultar información, aclaró: "Una pareja o una persona que puede ser homosexual no tiene por qué darle entrada necesariamente al Estado a su vida íntima, no se trata de ocultar".

El regreso de los Vigilantes

La Biblia habla con detenimiento  sobre los vigilantes. Especificamente apocalipsis. Ellos estan todos encerrados en los abismos y que seran...